Misión y Funciones
Misión
Administrar y proporcionar los servicios en las áreas de hidrografía, oceanografía, cartografía náutica, centro nacional de datos oceanográficos, señalización acuática, ayudas a la navegación, meteorología marítima y hora legal de Venezuela, con el fin de garantizar la seguridad de la navegación y promover el desarrollo en los espacios acuáticos e insulares sujetos a la soberanía y jurisdicción de la República Bolivariana de Venezuela.
Funciones
El Servicio de Hidrografía, Oceanografía, Meteorología y Cartografiado Náutico tendrá las funciones siguientes:
a. Autorizar, coordinar, supervisar, desarrollar, ejecutar, dirigir, administrar y controlar las actividades científicas e hidrográficas, de cartografía náutica, de señalización y otras ayudas a la navegación que en el cumplimiento de su misión, realice el Servicio de Hidrografía, Oceanografía, Meteorología y Cartografiado Náutico.
b. Asesorar al Comando Naval de Operaciones, en todo lo referente a la planificación y ejecución relacionados con la actividad de hidrografía, oceanografía, meteorología, cartografiado náutico, topografía y señalización acuática.
c. Establecer y desarrollar programas de cooperación mutua con la comunidad científica y académica, entes gubernamentales tanto nacionales como internacionales relacionados con la actividad de hidrografía, oceanografía, meteorología, cartografiado náutico y señalización acuática.
d. Coordinar con entidades nacionales la planificación, ejecución, supervisión y control de estudios científicos en los espacios acuáticos e insulares sujetos a la soberanía y jurisdicción de la República Bolivariana de Venezuela, dirigidos al desarrollo integral de los mismos.
e. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y directivas vigentes.
b. Asesorar al Comando Naval de Operaciones, en todo lo referente a la planificación y ejecución relacionados con la actividad de hidrografía, oceanografía, meteorología, cartografiado náutico, topografía y señalización acuática.
c. Establecer y desarrollar programas de cooperación mutua con la comunidad científica y académica, entes gubernamentales tanto nacionales como internacionales relacionados con la actividad de hidrografía, oceanografía, meteorología, cartografiado náutico y señalización acuática.
d. Coordinar con entidades nacionales la planificación, ejecución, supervisión y control de estudios científicos en los espacios acuáticos e insulares sujetos a la soberanía y jurisdicción de la República Bolivariana de Venezuela, dirigidos al desarrollo integral de los mismos.
e. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y directivas vigentes.